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Reglas • Anfitrión del alojamiento

Florencia

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Puedes leer este artículo en italiano o en inglés.

Este artículo proporciona información específica sobre las leyes locales que se aplican a las personas que hospedan en sus alojamientos en Florencia. Al igual que en nuestro artículo sobre Italia, es tu responsabilidad verificar y cumplir las obligaciones que se te aplican como anfitrión. Este artículo puede servirte como punto de partida o como referencia si tienes alguna duda, pero no es exhaustivo y no constituye asesoramiento legal o fiscal. Te recomendamos que te asegures de que las leyes y los procedimientos estén actualizados.

Algunas de las leyes que podrían afectarte son complicadas. Si tienes alguna duda, ponte en contacto con el Ayuntamiento de Florencia o consulta a otra autoridad local, como un abogado o un asesor fiscal.

La legislación nacional italiana contiene normas que se aplican a nivel regional y municipal, como el Código de Turismo y el Decreto Legislativo n.º 79, de 23 de mayo de 2011.

Normativa regional

La Ley Regional n.º 86, de 20 de diciembre de 2016 y el Reglamento Regional n.º 47/R, de 7 de agosto de 2018 pueden aplicarse a los alojamientos que se consideren bed and breakfasts, habitaciones en alquiler, casas de vacaciones y apartamentos, según se define en la legislación.

Consulta el centro de ayuda de Florencia para obtener una descripción general de las actividades productivas, incluidos los alojamientos, y la Oficina de Alojamientos del Ayuntamiento de Florencia para obtener más información sobre las normas generales para los alojamientos.

La página de turismo de Florencia incluye información general sobre las normas que se aplican a los alojamientos turísticos.

Consulta el sitio web de Toscana para conocer las normas generales de la región.

Impuesto turístico

Con una Resolución del Ayuntamiento de junio de 2011, el Ayuntamiento de Florencia estableció el impuesto turístico y aprobó el reglamento correspondiente, que ha sido < a href="http://centroservizi.lineacomune.it/immagini/images/IMPOSTASOGGIORNO/firenze2016/regolamento2020.pdf" target= "_blank">actualizado varias veces a partir de entonces. < a href="http://centroservizi.lineacomune.it/immagini/images/IMPOSTASOGGIORNO/firenze2014/delibera4832019tariffe2020.pdf" target= "_blank"> la Resolución n .º 483 del 29 de octubre de 2019 ha fijado los nuevos montos fiscales, efectivos desde el 1 de enero de 2020, indicando que el importe a pagar por cada huésped que se aloje en casas y apartamentos vacacionales, casas de huéspedes, bed and breakfasts y alquileres turísticos de corta duración es de 4 euros por noche, por un máximo de 7 noches consecutivas. Desde el 1 de enero de 2018, Airbnb recauda directamente el impuesto turístico por cada turista que reserva en la plataforma.

Otras obligaciones

El Ayuntamiento de Florencia exige que los anfitriones faciliten a la autoridad de seguridad pública datos personales sobre los huéspedes. En concreto, el artículo 109 del Real Decreto n.º 773, de 18 de junio de 1931, se aplica a cualquier persona que ofrezca alojamiento al público con fines de lucro o que alquile sus propiedades por períodos cortos de menos de 30 días. El Ministerio del Interior actualizó el decreto el 26 de junio de 2016 para indicar que existen las obligaciones de notificación del art. 109 del Texto Refundido de las Leyes de Seguridad Pública.

Encontrarás instrucciones y formularios que pueden ayudarte a cumplir tus obligaciones en el sitio web de la Jefatura de Policía de Florencia y en el portal de alojamientos.

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